Una multa del SAT por complemento de pago faltante va de $17,000 a $97,000 por comprobante. Evalúe su riesgo
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Multas por complementos de pago faltantes: de $17,000 a $97,000 por comprobante

Cómo se origina la diferencia entre lo que su ERP registra como pagado y lo que el SAT tiene reflejado en complementos, y cómo detectarla antes del cierre.

El riesgo

La sanción se calcula por comprobante, no por declaración

Esa es la característica que vuelve crítico este punto. Una empresa que recibe cinco mil comprobantes al mes y tiene un porcentaje pequeño de complementos faltantes no enfrenta una multa: enfrenta tantas multas como comprobantes con diferencia.

El rango sancionatorio va aproximadamente de $17,000 a $97,000 pesos por cada comprobante. Multiplique esa cifra por su volumen mensual y tendrá la dimensión real de la exposición.

Cómo se produce la diferencia

El complemento de pago existe para que la autoridad pueda seguir la liquidación efectiva de una operación facturada a crédito. La factura dice cuánto se debe; el complemento dice cuánto se pagó y cuándo. Cuando esos dos registros dejan de coincidir, aparece la discrepancia.

Los orígenes más frecuentes son operativos, no dolosos:

  • El proveedor no emitió el complemento. Usted pagó, su ERP registra la salida, pero el comprobante que acredita ese pago nunca se timbró.
  • Se emitió con importe distinto. Pagos parciales, notas de crédito aplicadas o diferencias cambiarias que no se reflejaron igual en ambos lados.
  • Se emitió fuera de plazo. El complemento existe, pero con una fecha que no corresponde al periodo en que su contabilidad registró el pago.
  • Se emitió contra otra factura. El proveedor lo relacionó a un UUID distinto, así que el comprobante original sigue apareciendo como no liquidado.

En los cuatro casos, el registro interno dice que la operación está saldada y el SAT no puede confirmarlo. La diferencia queda abierta hasta que alguien la detecta.

Haga la cuenta con su propio volumen

Si su empresa procesa 3,000 comprobantes mensuales y apenas el 1% presenta una diferencia de complemento, son 30 comprobantes. Al rango inferior de la sanción, eso representa más de medio millón de pesos de exposición en un solo mes.

Por qué la revisión tradicional no lo detecta

Detectar un complemento faltante exige cruzar tres fuentes a la vez: las facturas recibidas, los pagos registrados en su ERP y los complementos que el SAT tiene timbrados a la fecha de corte. Ninguna de las tres, por separado, revela el problema.

Una factura sin complemento se ve idéntica a una factura de contado. Un pago en el ERP se ve idéntico esté o no respaldado. Solo el cruce revela la diferencia, y ese cruce es inviable a mano cuando hay miles de registros.

Qué revisar cada mes

  • Facturas a crédito recibidas cuyo pago ya salió del banco y no tienen complemento asociado ante el SAT
  • Complementos cuyo importe difiere del pago registrado internamente
  • Complementos emitidos en un periodo distinto al del pago
  • Facturas que su ERP marca como saldadas pero el SAT sigue mostrando como pendientes

Cómo lo resuelven los sistemas PAM

Auto Docs Admin cruza los importes pagados según su ERP contra los complementos que el SAT tiene reflejados a una fecha determinada, y entrega la lista de comprobantes con diferencia. La detección ocurre antes del cierre, que es cuando todavía se puede exigir al proveedor la emisión correcta.

El mismo proceso forma parte de la conciliación masiva de su ERP contra el SAT, que revisa el universo completo de diferencias, no solo las de complementos.

Antes de actuar sobre estas cifras

Los rangos e importes de este artículo son de referencia general. El tratamiento aplicable a su caso depende del tipo de operación, el régimen y el ejercicio. Confirme siempre con su contador o asesor fiscal antes de tomar decisiones sobre una contingencia concreta.

Vea estas diferencias en sus propios datos

Realizamos una prueba de estrés de conciliación local con un bloque de comprobantes históricos de su empresa. Usted recibe un informe de las inconsistencias reales de su operación, antes de tomar cualquier decisión de compra.

Aceptamos un número limitado de pruebas de concepto por trimestre. Sujeto a evaluación técnica previa.